miércoles, 8 de diciembre de 2010
Treinta años sin Lennon
Don Gato no es especialmente mitómano, pero le gusta recordar algunas cosas, como que hoy se cumplen tres décadas del asesinato de John Lennon. ¿Qué hubiera pasado si Chapman no hubiera sido tan certero?, se pregunta más de uno. "Imagine", se dicen los nostálgicos del de Liverpool.
martes, 7 de diciembre de 2010
Too old, too young
El futbolista madrileño Guti parece seguir jugando con fuego en su nuevo destino deportivo, Estambul, donde ha provocado un accidente de tráfico sin daños físicos (al que corresponde la foto de EFE), pero en el que el protagonista multiplicó por cinco la tasa de alcohol reglada. A Don Gato le apetece decir: ¡Cuidado, chico: hay una edad en que uno ya es viejo para jugar, pero joven para morir! Y cuesta mucho aceptar que ya ha llegado.
Alarma, Excepción y Sitio
Asustados por la respuesta del Gobierno al plante de los controladores aéreos, varios gatos preguntan por las situaciones extremas que prevé la Constitución Española. Son tres y, en síntesis, tienen estas características:
–El estado de Alarma. Lo declara el Consejo de Ministros en un territorio concreto y por 15 días. Para prorrogarlo se necesita la autorización del Congreso de los Diputados. Se declarará por cosas como las siguientes:
+Catástrofes (como terremotos, inundaciones, incendios, accidentes...),
+Crisis sanitarias,
+Paralización de servicios públicos esenciales, y
+Desabastecimiento de productos de primera necesidad.
–El estado de Excepción. Lo declara también el Consejo de Ministros, pero necesita de autorización previa por parte del Congreso. Suele decirse que se produce cuando todo lo que pasa en el estado de Alarma alcanza proporciones irresolubles y las medidas 'de alarma' no pueden acabar con ello. También debe localizarse en un territorio concreto, pero su duración no puede pasar de 30 días, prorrogables por parte de las Cortes. En esta situación desaparecen los derechos vigentes en la detención, salvo el de ser asistido por un abogado; la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia; la libertad de residencia y circulación; la libertad de información y expresión; el derecho de reunión y el derecho de huelga.
–El estado de Sitio. Lo declara el Congreso cuando se produce una insurrección contra la soberanía de España, su integridad territorial o su ordenamiento constitucional. Necesita la mayoría absoluta de la Cámara y sólo lo puede proponer el presidente. Además de todo lo que desaparecía en el estado de Excepción, en el de Sitio pueden derogarse otros derechos temporalmente. Pero el tiempo por que lo hacen no está limitado por Ley.
Como es obvio, los detalles son muy importantes. Y hay que leerlos en el artículo 116 de la Carta Magna y en la Ley Orgánica 4/81 de 1 de Junio; sobre todo, si se quiere seguir el proceso judicial que se anuncia entre la Fiscalía General del Estado y la representación corporativa de la USCA.
NOTA.– Hay quien pregunta qué diferencia estos estados en Democracia de los que declaró Franco, pero este blog no responderá aquí a esa duda porque defiende que en la Dictadura lo excepcional era el propio régimen.
–El estado de Alarma. Lo declara el Consejo de Ministros en un territorio concreto y por 15 días. Para prorrogarlo se necesita la autorización del Congreso de los Diputados. Se declarará por cosas como las siguientes:
+Catástrofes (como terremotos, inundaciones, incendios, accidentes...),
+Crisis sanitarias,
+Paralización de servicios públicos esenciales, y
+Desabastecimiento de productos de primera necesidad.
–El estado de Excepción. Lo declara también el Consejo de Ministros, pero necesita de autorización previa por parte del Congreso. Suele decirse que se produce cuando todo lo que pasa en el estado de Alarma alcanza proporciones irresolubles y las medidas 'de alarma' no pueden acabar con ello. También debe localizarse en un territorio concreto, pero su duración no puede pasar de 30 días, prorrogables por parte de las Cortes. En esta situación desaparecen los derechos vigentes en la detención, salvo el de ser asistido por un abogado; la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia; la libertad de residencia y circulación; la libertad de información y expresión; el derecho de reunión y el derecho de huelga.
–El estado de Sitio. Lo declara el Congreso cuando se produce una insurrección contra la soberanía de España, su integridad territorial o su ordenamiento constitucional. Necesita la mayoría absoluta de la Cámara y sólo lo puede proponer el presidente. Además de todo lo que desaparecía en el estado de Excepción, en el de Sitio pueden derogarse otros derechos temporalmente. Pero el tiempo por que lo hacen no está limitado por Ley.
Como es obvio, los detalles son muy importantes. Y hay que leerlos en el artículo 116 de la Carta Magna y en la Ley Orgánica 4/81 de 1 de Junio; sobre todo, si se quiere seguir el proceso judicial que se anuncia entre la Fiscalía General del Estado y la representación corporativa de la USCA.
NOTA.– Hay quien pregunta qué diferencia estos estados en Democracia de los que declaró Franco, pero este blog no responderá aquí a esa duda porque defiende que en la Dictadura lo excepcional era el propio régimen.
lunes, 6 de diciembre de 2010
Gatoleaks
Don Gato tiene información que le aconseja estar pendiente de la entrega del 'cablegate' que publica mañana 'El País', en especial por lo que se refiere a Rubalcaba y Bono (ambos, 'a priori', políticos de la cuerda del diario, por lo que, quizá, sea interesada, pero quién sabe). Hay que verla.
viernes, 3 de diciembre de 2010
Conviene verlo
Don Gato aún no ha aprendido a colgar en su blog cosas como este anuncio de Chorizos Gürtel, pero confía en que valga con este 'post'.
A quien interese
Buenafuente no está a la altura esta noche, de modo que conviene dar por terminada la jornada. Pero –antes–, hay que recordar algunas enseñanzas del Periodismo de siempre (a la vista de lo que ocurre), por si volviera:
–'Noticia' es todo aquello que alguien quiere evitar que se publique; el resto no es más que publicidad.
–Cualquier noticia que conoce un periodista será mentira mientras no la desmienta algún interesado.
–La mejor forma de anular una noticia es acompañarla con toda clase de información inútil en el mismo sentido.
Por la misma razón, conviene recordar que el paso por España de los vuelos a Guantánamo se conoce por el empeño de 'Diario de Mallorca'.
–'Noticia' es todo aquello que alguien quiere evitar que se publique; el resto no es más que publicidad.
–Cualquier noticia que conoce un periodista será mentira mientras no la desmienta algún interesado.
–La mejor forma de anular una noticia es acompañarla con toda clase de información inútil en el mismo sentido.
Por la misma razón, conviene recordar que el paso por España de los vuelos a Guantánamo se conoce por el empeño de 'Diario de Mallorca'.
Lo de wikileaks en España
Don Gato sigue con trabajo, pero no puede dejar de 'alzar la malla' sobre el tema de 'wikileaks' y lo hace con estas tres preguntas: dado que los cables de marras cargan las tintas sobre tres ministros que ya han cesado (Juan Fernando López Aguilar, Miguel Ángel Moratinos y María Teresa Fernández de la Vega) y dado que están siendo controlados por el diario 'El País', ¿qué fue primero: la decisión de destituirlos o el conocimiento de lo que iba a salir?; ¿cuál es la causa y cuál el efecto, entre el cese y la publicación?; o ¿cuánto hay de motivo y cuánto de consecuencia en su relación con Prisa para el ascenso del veterano rasputín nuevo de ZP?
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